{"id":1421,"date":"2025-01-19T22:49:28","date_gmt":"2025-01-19T22:49:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.powercontainer.com\/?page_id=1421"},"modified":"2025-09-22T14:47:35","modified_gmt":"2025-09-22T14:47:35","slug":"terminos-de-compra","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.powercontainer.com\/es\/terminos-de-compra\/","title":{"rendered":"T\u00e9rminos de Compra"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>VIGENCIA \u2013 DOCUMENTOS REQUERIDOS<\/strong><br>Ning\u00fan pedido es v\u00e1lido a menos que se emita con nuestra Orden de Compra est\u00e1ndar firmada. Nuestro n\u00famero de Orden de Compra debe aparecer en todos los paquetes, albaranes, avisos de env\u00edo, facturas, etc. Los albaranes deben acompa\u00f1ar todos los env\u00edos indicando la cantidad enviada. Las facturas deben efectuarse por triplicado y enviarse junto con la documentaci\u00f3n de env\u00edo el mismo d\u00eda de la expedici\u00f3n. Estos T\u00e9rminos y Condiciones se considerar\u00e1n incorporados y aplicables a todas las \u00f3rdenes de liberaci\u00f3n que se realicen bajo cualquier Orden de Compra marco.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ACEPTACI\u00d3N \u2013 ACUERDO<\/strong><br>El inicio por parte del Proveedor del trabajo sobre los Bienes objeto de esta Orden de Compra o el env\u00edo de dichos Bienes, lo que ocurra primero, se considerar\u00e1 un modo efectivo de aceptaci\u00f3n de esta Orden de Compra. Cualquier aceptaci\u00f3n de esta Orden se limita a la aceptaci\u00f3n de los t\u00e9rminos expresos contenidos en la Orden de Compra y en el presente documento, sin perjuicio de cualquier t\u00e9rmino contrario en cualquier aceptaci\u00f3n o curso previo de negociaci\u00f3n. Cualquier propuesta de t\u00e9rminos adicionales o diferentes, o cualquier intento del Proveedor de modificar en cualquier grado cualquiera de los t\u00e9rminos de esta Orden en su aceptaci\u00f3n, se objeta y rechaza, pero dichas propuestas no constituir\u00e1n rechazo de esta Orden a menos que dichas variaciones se refieran a la descripci\u00f3n, cantidad, precio o calendario de entrega de los Bienes, en cuyo caso se considerar\u00e1n una alteraci\u00f3n material y la Orden se dar\u00e1 por aceptada por el Proveedor sin dichos t\u00e9rminos adicionales o diferentes. Si esta Orden se considerase aceptaci\u00f3n de una oferta previa del Proveedor, dicha aceptaci\u00f3n se limita a los t\u00e9rminos expresos contenidos en el anverso y reverso de esta Orden.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DOCUMENTOS DE LA ORDEN; PRIORIDAD DE DOCUMENTOS<\/strong><br>Los documentos que conforman el acuerdo entre Comprador y Proveedor son esta Orden de Compra y sus revisiones autorizadas seg\u00fan lo dispuesto aqu\u00ed, las hojas de datos referenciadas, los planos, las especificaciones o cualquier otro documento expresamente prestado. Los planos y especificaciones del Comprador deben leerse como un todo. En caso de conflicto real o aparente entre planos y especificaciones, el Proveedor deber\u00e1 solicitar de inmediato una aclaraci\u00f3n por escrito al Comprador y la determinaci\u00f3n de \u00e9ste ser\u00e1 definitiva y vinculante. En caso de conflicto entre los t\u00e9rminos del anverso de la Orden y estos T\u00e9rminos y Condiciones, prevalecer\u00e1n los t\u00e9rminos del anverso de la Orden.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PRECIO Y COSTO DE MANEJO<\/strong><br>Esta Orden de Compra no podr\u00e1 ser facturada a precios superiores a los \u00faltimos cobrados o cotizados para el mismo material sin notificaci\u00f3n ni aceptaci\u00f3n del aumento. Si el Proveedor reduce el precio de dichos art\u00edculos durante la vigencia de esta orden, acepta reducir los precios correspondientes para el Comprador. El Proveedor garantiza que los precios indicados en esta Orden ser\u00e1n definitivos y no se a\u00f1adir\u00e1n cargos adicionales de ning\u00fan tipo sin el consentimiento expreso y por escrito del Comprador. Tales cargos incluyen, entre otros, env\u00edo, embalaje, etiquetado, aranceles, impuestos, almacenamiento, seguro, paletizaci\u00f3n, etc.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CANTIDAD \u2013 ENVIOS EN EXCESO<\/strong><br>La cantidad especificada representa la cantidad a suministrar. El Comprador tiene la opci\u00f3n de devolver los env\u00edos en exceso con cargo y riesgo del Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ENTREGA<\/strong><br>El plazo es esencial para esta Orden de Compra, y si la entrega de los art\u00edculos o la prestaci\u00f3n de servicios no se completa en el plazo especificado, el Comprador puede, sin responsabilidad y adem\u00e1s de otros derechos, rescindir esta Orden mediante aviso que surta efecto al recibirse por el Proveedor respecto a art\u00edculos no enviados o servicios no prestados, y adquirir art\u00edculos o servicios sustitutos en otra parte, cargando al Proveedor las p\u00e9rdidas incurridas. Si alguna entrega est\u00e1 retrasada o se teme que lo est\u00e9, el Proveedor deber\u00e1 notificar al Comprador de inmediato con toda la informaci\u00f3n relevante. Tal aviso no exime al Proveedor de ninguna obligaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>INSPECCI\u00d3N\/PRUEBAS \u2013 BIENES RECHAZADOS<\/strong><br>El pago de los Bienes entregados no equivale a aceptaci\u00f3n. El Comprador o su agente tiene derecho a inspeccionarlos antes de aceptarlos y a rechazar aquellos bienes que considere defectuosos o no conformes. Los bienes rechazados o entregados en exceso podr\u00e1n devolverse al Proveedor con cargo y riesgo de este, sin perjuicio de sus otros derechos. El Comprador puede cargar al Proveedor los gastos de desempaque, inspecci\u00f3n, reempaque y reenv\u00edo. Si se reciben bienes con defectos o no conformidades no evidentes a simple vista, el Comprador puede exigir reemplazo a costa exclusiva del Proveedor y adicionalmente reclamar da\u00f1os. Nada en esta Orden exime al Proveedor de sus obligaciones de prueba, inspecci\u00f3n y control de calidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ENV\u00cdO<\/strong><br>Adem\u00e1s de la cl\u00e1usula de Fuerza Mayor, antes del env\u00edo, el Comprador puede, sin obligaci\u00f3n ni responsabilidad, suspender temporalmente, redirigir razonablemente o modificar el env\u00edo. Si tales acciones: (i) no se deben a incumplimiento del Proveedor y (ii) aumentan el costo de cumplimiento para \u00e9ste, se har\u00e1 un ajuste equitativo en el precio. El Comprador no tiene responsabilidad por: (i) futuras fallas en recibir; (ii) devoluciones o reenv\u00edos; ni (iii) pagos por env\u00edos tard\u00edos, excesivos, incompletos, no conformes o defectuosos. Cualquiera de dichos env\u00edos podr\u00e1 devolverse al Proveedor o retenerse a su costa y riesgo. Las reclamaciones, p\u00e9rdidas, costos o da\u00f1os resultantes del retraso del Proveedor en entregar o prestar servicios ser\u00e1n responsabilidad del Proveedor, y el Comprador puede compensarlos contra cualquier monto pendiente de pago. Salvo pago progresivo previsto, el Comprador no est\u00e1 obligado a pagar ninguna parte del precio hasta su aceptaci\u00f3n. Todos los t\u00e9rminos de env\u00edo se interpretar\u00e1n conforme a Incoterms\u00ae 2010, salvo conflicto con disposiciones expresas de esta Orden.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DESCUENTO POR PAGO EN EFECTIVO \u2013 CONDICIONES DE PAGO<\/strong><br>Si no se especifica un Precio de Compra en la Orden de Compra, el precio pagadero por el Comprador por los Bienes no exceder\u00e1 el \u00faltimo precio cobrado o cotizado al Comprador. El precio pagadero por el Comprador nunca exceder\u00e1 el menor de: (a) el Precio de Compra menos todos los descuentos y\/o bonificaciones aplicables ofrecidos o proporcionados por el Proveedor, as\u00ed como cualquier reducci\u00f3n de precio aplicada a cualquier art\u00edculo cubierto por esta Orden de Compra despu\u00e9s de su emisi\u00f3n pero antes del pago; o (b) el precio m\u00e1s bajo que cualquier cliente del Proveedor est\u00e9 pagando actualmente por materiales, suministros, equipos y\/o servicios sustancialmente similares.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>GARANT\u00cdA<\/strong><br>El Proveedor garantiza expresamente que todos los Bienes o servicios suministrados bajo esta Orden de Compra cumplir\u00e1n con todas las especificaciones y normas aplicables, ser\u00e1n nuevos y estar\u00e1n libres de defectos de materiales o mano de obra. El Proveedor garantiza que todos dichos Bienes o servicios cumplir\u00e1n con cualquier declaraci\u00f3n hecha en los envases, etiquetas o anuncios relacionados y que estar\u00e1n adecuadamente contenidos, empaquetados, marcados y etiquetados. El Proveedor garantiza que todos los Bienes o servicios aqu\u00ed incluidos ser\u00e1n comercializables, seguros y apropiados para los fines para los cuales se utilizan normalmente. Esta garant\u00eda sobrevivir\u00e1 a la inspecci\u00f3n, prueba, aceptaci\u00f3n y uso de los Bienes o servicios. La garant\u00eda del Proveedor se extiende al Comprador, sus sucesores, cesionarios, clientes y usuarios finales de los productos vendidos por el Comprador. El Proveedor acuerda reemplazar o corregir, a su exclusivo costo, cualquier Bien o servicio no conforme con esta garant\u00eda cuando as\u00ed lo notifique el Comprador, siempre que este decida ofrecer al Proveedor la oportunidad de hacerlo. Para materiales reemplazados o reparados (o servicios re-ejecutados) bajo esta garant\u00eda, el periodo de garant\u00eda comenzar\u00e1 de nuevo y se extender\u00e1 por el periodo completo, sin que se extienda por m\u00e1s de doce (12) meses despu\u00e9s del vencimiento del periodo original de garant\u00eda. El reemplazo o correcci\u00f3n por parte del Proveedor no ser\u00e1 el \u00fanico recurso del Comprador ante la no conformidad. En caso de que el Proveedor no corrija los defectos o reemplace los Bienes o servicios no conformes de forma oportuna, el Comprador, tras un aviso razonable, podr\u00e1 efectuar dichas correcciones o reemplazos y cargar los costos al Proveedor. No obstante cualquier disposici\u00f3n contraria, las garant\u00edas expirar\u00e1n al cumplirse el primero de los siguientes plazos: veinticuatro (24) meses despu\u00e9s del env\u00edo, o un (1) a\u00f1o desde la puesta en marcha inicial de la instalaci\u00f3n del cliente del Comprador o consumidor de los Bienes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RIESGO DE P\u00c9RDIDA<\/strong><br>El Proveedor asume el riesgo de p\u00e9rdida o da\u00f1o: (1) de todos los Bienes, trabajo en proceso, materiales y otros bienes del Comprador o del Proveedor usados en la ejecuci\u00f3n de esta Orden de Compra y de terceras personas y sus bienes hasta que el Comprador acepte todos los Bienes; (2) de cualquier propiedad recibida por el Proveedor del Comprador o mantenida por el Proveedor o su proveedor en nombre del Comprador; y (3) de cualquier Bien o parte del mismo que el Comprador haya rechazado o cuya aceptaci\u00f3n haya revocado desde el momento de dicho rechazo o revocaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00d3RDENES DE CAMBIO<\/strong><br>El Precio de Compra es fijo y no est\u00e1 sujeto a costos adicionales o aumentos. El Comprador se reserva el derecho de hacer cambios en las Especificaciones mediante una Orden de Cambio. Si la Orden de Cambio afecta el precio o el plazo de entrega, el Proveedor deber\u00e1 notificar por escrito al Comprador dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a su recepci\u00f3n su solicitud de costo adicional, indicando el monto total solicitado. El incumplimiento de este procedimiento dentro del plazo constituir\u00e1 renuncia del Proveedor a solicitar dicho costo adicional. El Proveedor no podr\u00e1 reclamar da\u00f1os ni costos de ning\u00fan tipo por demoras o interferencias, y su \u00fanico recurso ser\u00e1 solicitar una extensi\u00f3n de plazo, excepto en caso de conducta dolosa, maliciosa o incumplimiento material por parte del Comprador. El Proveedor no podr\u00e1 suspender o demorar su ejecuci\u00f3n mientras el Comprador revisa dicha solicitud. Suspender el desempe\u00f1o bajo estas circunstancias se considerar\u00e1 incumplimiento material por parte del Proveedor. NO SE PAGAR\u00c1N EXTRAS NI SE AUTORIZAR\u00c1N TRABAJOS ADICIONALES SALVO QUE MEDIEN UNA ORDEN DE CAMBIO ESCRITA EMITIDA POR EL COMPRADOR O UNA ORDEN DE TRABAJO FIRMADA POR UN REPRESENTANTE AUTORIZADO DEL COMPRADOR Y EMITIDA DESDE LA OFICINA PRINCIPAL DEL COMPRADOR.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PATENTES<\/strong><br>El Proveedor acepta asumir de inmediato, tras ser notificado, la defensa de cualquier demanda contra el Comprador o sus agentes, clientes u otros proveedores por supuesta infracci\u00f3n de patentes, as\u00ed como por competencia desleal debida a similitud en el dise\u00f1o, marca o apariencia de los Bienes o servicios provistos, y adem\u00e1s indemnizar\u00e1 al Comprador, sus agentes y clientes por todos los gastos, p\u00e9rdidas, regal\u00edas, ganancias y da\u00f1os, incluidos los costos legales y honorarios de abogados, resultantes de tales demandas o sus resoluciones. El Comprador podr\u00e1 participar activamente en dicha defensa a trav\u00e9s de su propio abogado si lo desea, y los costos correr\u00e1n por cuenta del Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>INDEMNIZACI\u00d3N<\/strong><br>El Proveedor defender\u00e1, indemnizar\u00e1 y mantendr\u00e1 indemne al Comprador frente a todos los da\u00f1os, reclamaciones, responsabilidades y gastos (incluidos honorarios de abogados) derivados de defectos en los Bienes o servicios adquiridos o de cualquier acto u omisi\u00f3n del Proveedor, sus agentes, empleados o subcontratistas. Esta indemnizaci\u00f3n se suma a la obligaci\u00f3n de garant\u00eda del Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIMITACI\u00d3N DE RESPONSABILIDAD DEL COMPRADOR \/ PRESCRIPCI\u00d3N<\/strong><br>El Comprador no ser\u00e1 responsable en ning\u00fan caso por beneficios esperados ni por da\u00f1os incidentales o consecuentes. Su responsabilidad, por cualquier reclamaci\u00f3n de p\u00e9rdida o da\u00f1o derivado de este acuerdo o su incumplimiento, nunca exceder\u00e1 el precio asignado a los Bienes o servicios que hayan originado dicha reclamaci\u00f3n. El Comprador no ser\u00e1 responsable por penalizaciones de ning\u00fan tipo. Cualquier acci\u00f3n contra el Comprador por incumplimiento relacionado con los Bienes o servicios debe iniciarse dentro del plazo de un (1) a\u00f1o desde que surgi\u00f3 la causa de la acci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SEGURO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que las obligaciones del Proveedor en virtud del presente requieran o contemplen la ejecuci\u00f3n de servicios por parte de empleados del Proveedor o personas contratadas por el Proveedor, que se realicen en propiedad del Comprador o en propiedad de los clientes del Comprador, el Proveedor acuerda que todo dicho trabajo ser\u00e1 realizado como contratista independiente y que las personas que realicen dicho trabajo no ser\u00e1n consideradas empleados del Comprador. El Proveedor deber\u00e1 mantener toda la cobertura de seguros necesaria conforme a los est\u00e1ndares aplicables del sector, incluyendo, pero no limitado a, Seguro de Responsabilidad Civil General y Seguro de Compensaci\u00f3n para Trabajadores. El Proveedor deber\u00e1 indemnizar, defender y mantener indemne al Comprador frente a cualquier y toda reclamaci\u00f3n o responsabilidad que surja del trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RESCISI\u00d3N POR CONVENIENCIA DEL COMPRADOR<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Comprador se reserva el derecho de rescindir esta Orden o cualquier parte de la misma a su sola conveniencia. En caso de tal rescisi\u00f3n, el Proveedor deber\u00e1 cesar inmediatamente todo el trabajo relacionado, y deber\u00e1 ordenar a sus proveedores o subcontratistas detener tambi\u00e9n dicho trabajo. El Proveedor tendr\u00e1 derecho a recibir un cargo razonable por rescisi\u00f3n, consistente en un porcentaje del precio de la Orden que refleje el porcentaje del trabajo realizado antes del aviso de rescisi\u00f3n, m\u00e1s los costos directos reales derivados de la misma. El Proveedor no recibir\u00e1 pago alguno por trabajo realizado despu\u00e9s de haber recibido el aviso de rescisi\u00f3n, ni por costos incurridos por sus proveedores o subcontratistas que el Proveedor podr\u00eda haber evitado razonablemente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RESCISI\u00d3N POR INCUMPLIMIENTO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Comprador tambi\u00e9n podr\u00e1 rescindir esta Orden o cualquier parte de ella por causa, en caso de incumplimiento por parte del Proveedor o si este no cumple con cualquiera de los t\u00e9rminos, condiciones o especificaciones de esta Orden. Las entregas tard\u00edas, entregas de productos defectuosos o que no se ajusten a esta Orden, y el incumplimiento del Proveedor de proporcionar garant\u00edas razonables de cumplimiento futuro cuando as\u00ed lo solicite el Comprador, ser\u00e1n causas v\u00e1lidas para rescisi\u00f3n por incumplimiento. En tal caso, el Comprador no ser\u00e1 responsable ante el Proveedor por ninguna cantidad y el Proveedor ser\u00e1 responsable ante el Comprador por todos los da\u00f1os sufridos como resultado del incumplimiento que dio lugar a la rescisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>FUERZA MAYOR<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Comprador podr\u00e1 retrasar la entrega o aceptaci\u00f3n en caso de causas fuera de su control. El Proveedor deber\u00e1 conservar dichos Bienes seg\u00fan las instrucciones del Comprador y entregarlos una vez que la causa del retraso haya cesado. El Comprador solo ser\u00e1 responsable por los costos adicionales directos en que incurra el Proveedor por mantener los Bienes o por demorar la ejecuci\u00f3n de este contrato a solicitud del Comprador. Las causas fuera del control del Comprador incluir\u00e1n, entre otras, acci\u00f3n gubernamental o falta de acci\u00f3n cuando se requiera, huelgas u otros conflictos laborales, incendios o condiciones clim\u00e1ticas excepcionalmente severas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CUMPLIMIENTO DE LEYES \u2013 LEY APLICABLE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Proveedor garantiza que ning\u00fan reglamento, ley u ordenanza de cualquier naci\u00f3n, subdivisi\u00f3n o autoridad gubernamental es violado en la fabricaci\u00f3n, adquisici\u00f3n o venta de los Bienes suministrados en esta Orden. A menos que este Acuerdo est\u00e9 exento de las Reglas y Regulaciones del Secretario de Trabajo emitidas conforme a la Secci\u00f3n 201 de la Orden Ejecutiva 11246, se incorporan por referencia los P\u00e1rrafos (2) al (7) de la cl\u00e1usula contractual establecida en la Secci\u00f3n 202 de dicha Orden Ejecutiva. Esta Orden de Compra y su ejecuci\u00f3n se interpretar\u00e1n y regir\u00e1n conforme a las leyes del Estado de Nueva Jersey, EE. UU., y el Proveedor consiente en la jurisdicci\u00f3n no exclusiva de los Tribunales Federales y Estatales del Estado de Nueva Jersey, EE. UU.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RESOLUCI\u00d3N DE CONFLICTOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cualquier disputa, controversia o reclamaci\u00f3n que surja de, se relacione con, implique o tenga conexi\u00f3n alguna con esta Orden de Compra \u2014incluyendo cuestiones sobre validez, interpretaci\u00f3n, alcance, ejecuci\u00f3n o exigibilidad de esta cl\u00e1usula de resoluci\u00f3n de conflictos, y cualquier aspecto relativo a la relaci\u00f3n entre las partes\u2014 ser\u00e1 resuelta exclusivamente y de forma definitiva mediante arbitraje conforme a las reglas de la C\u00e1mara de Comercio Internacional (ICC). El arbitraje se llevar\u00e1 a cabo en Nueva York, EE. UU., salvo que las partes acuerden otro lugar, y ser\u00e1 dirigido por un \u00fanico \u00e1rbitro designado por la ICC. Las partes tendr\u00e1n derecho a realizar una investigaci\u00f3n razonable, incluyendo solicitudes de documentos relevantes no confidenciales. El \u00e1rbitro podr\u00e1 autorizar declaraciones juradas e interrogatorios si se demuestra necesidad. El \u00e1rbitro podr\u00e1 resolver cualquier cuesti\u00f3n preliminar de derecho como lo har\u00eda un tribunal federal o estatal de Nueva Jersey mediante una moci\u00f3n de resoluci\u00f3n sumaria (como una moci\u00f3n de juicio sumario conforme a la Regla 56 de FRCP). El laudo ser\u00e1 conforme a la ley aplicable, redactado por escrito y contendr\u00e1 los fundamentos en que se basa. El \u00e1rbitro no tendr\u00e1 facultades para modificar o reducir los t\u00e9rminos de la Orden de Compra ni de estas Condiciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>INFORMACI\u00d3N CONFIDENCIAL \u2013 PUBLICIDAD<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Proveedor considerar\u00e1 toda la informaci\u00f3n suministrada por el Comprador como confidencial y no la divulgar\u00e1 a terceros ni la usar\u00e1 para fines distintos al cumplimiento de esta Orden de Compra, salvo que cuente con autorizaci\u00f3n escrita previa del Comprador. Esta disposici\u00f3n se aplica a planos, especificaciones y otros documentos preparados por o para el Comprador en relaci\u00f3n con esta Orden. El Proveedor no podr\u00e1 anunciar ni publicar que el Comprador ha contratado la compra de Bienes, ni divulgar informaci\u00f3n relacionada con la Orden sin permiso escrito del Comprador. Salvo acuerdo escrito en contrario, ninguna informaci\u00f3n comercial, financiera o t\u00e9cnica divulgada por el Proveedor al Comprador ser\u00e1 considerada secreta o confidencial, y el Proveedor no tendr\u00e1 derecho alguno frente al Comprador respecto de dicha informaci\u00f3n, salvo los que puedan existir conforme a las leyes de patentes. Las especificaciones, composici\u00f3n y formulaci\u00f3n de los Bienes fueron desarrolladas para y por cuenta del Comprador y constituyen informaci\u00f3n confidencial y propietaria del Comprador, y el Proveedor se compromete a mantenerla en confidencialidad y no proporcionarla ni usarla en beneficio de ning\u00fan otro cliente, en perjuicio del Comprador.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ERRORES EN PLANOS, ESPECIFICACIONES Y DOCUMENTOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cualquier error, discrepancia o conflicto en los documentos t\u00e9cnicos y planos descubierto por el Proveedor deber\u00e1 ser comunicado al Comprador para su aclaraci\u00f3n por escrito antes de proceder con la fabricaci\u00f3n. Cualquier costo o gasto que resulte del incumplimiento de este procedimiento ser\u00e1 asumido por el Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ACUERDO COMPLETO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta Orden de Compra (incluyendo estos T\u00e9rminos y Condiciones) y cualquier documentaci\u00f3n referida en la Orden constituyen el acuerdo completo entre las partes. Sin embargo, los t\u00e9rminos aqu\u00ed establecidos no limitar\u00e1n en modo alguno los recursos legales o equitativos que pueda tener el Comprador.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONTRATISTAS INDEPENDIENTES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La relaci\u00f3n entre el Comprador y el Proveedor ser\u00e1 la de contratistas independientes, y nada contenido en esta Orden de Compra, incluidos estos T\u00e9rminos y Condiciones, ni ning\u00fan curso de negociaci\u00f3n previo, se interpretar\u00e1 como que convierte al Comprador o al Proveedor en socios, distribuidores exclusivos, copart\u00edcipes, representantes, agentes, fiduciarios o empleados uno del otro. La duraci\u00f3n de la Orden de Compra es definida y limitada al per\u00edodo y cantidades expresamente indicadas en la misma. Las m\u00faltiples compras o entregas bajo esta Orden de Compra o la adquisici\u00f3n de Bienes despu\u00e9s del t\u00e9rmino de la misma no se considerar\u00e1n como la creaci\u00f3n de un contrato de duraci\u00f3n indefinida. El Comprador podr\u00e1, sin penalizaci\u00f3n ni obligaci\u00f3n alguna, obtener productos de cualquier tipo (incluyendo del mismo tipo que los Bienes) de cualquier proveedor. El Comprador no realiza representaci\u00f3n ni compromiso, expreso o impl\u00edcito, de efectuar futuras compras de Bienes al Proveedor, en ninguna cantidad ni en absoluto, y nada en esta Orden de Compra o en estos T\u00e9rminos y Condiciones se considerar\u00e1 como una obligaci\u00f3n del Comprador de realizar tales compras.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CESI\u00d3N; SUBCONTRATACI\u00d3N; PROVEEDORES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Proveedor no podr\u00e1 ceder ninguna parte de esta Orden de Compra, subcontratar ni delegar la fabricaci\u00f3n o el ensamblaje de ning\u00fan componente o subconjunto principal necesario para la finalizaci\u00f3n o entrega de los Bienes, sin el consentimiento previo y por escrito del Comprador. Todos los proveedores y suministradores de equipos y materiales que se incorporen o se utilicen en la producci\u00f3n de los Bienes estar\u00e1n sujetos a la aprobaci\u00f3n previa por escrito del Comprador. No obstante, ning\u00fan consentimiento o aprobaci\u00f3n otorgado por el Comprador eximir\u00e1 al Proveedor de sus declaraciones, garant\u00edas, compromisos u obligaciones establecidas en este documento. El Proveedor tiene prohibido utilizar piezas o materiales de origen chino o indio en la ejecuci\u00f3n de esta Orden de Compra.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RENUNCIA A GRAV\u00c1MENES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Proveedor renuncia expresamente al derecho de presentar un gravamen de mec\u00e1nico o de proveedor de materiales, o cualquier reclamaci\u00f3n o derecho a dicho gravamen que ahora exista o que pueda surgir como resultado de la mano de obra o los materiales suministrados o por suministrar bajo esta Orden de Compra. En caso de que dichos grav\u00e1menes sean presentados por subcontratistas del Proveedor, este se compromete a eliminarlos mediante fianza u otros medios, y deber\u00e1 indemnizar y mantener indemne al Comprador de todos los costos y gastos, incluidos honorarios razonables de abogados, en que incurra el Comprador al respecto. El Comprador se reserva el derecho de pagar directamente a dichos subproveedores o subcontratistas y deducir dicho monto del saldo que de otro modo se le deba al Proveedor. El Proveedor podr\u00e1 ser requerido a firmar una liberaci\u00f3n de gravamen y a obtener una liberaci\u00f3n similar por parte de sus subproveedores y subcontratistas como condici\u00f3n previa para la liberaci\u00f3n de cualquier pago parcial o final.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>COMPENSACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todas las reclamaciones de pago debidas o por adeudarse por parte del Comprador estar\u00e1n sujetas a deducci\u00f3n o compensaci\u00f3n por parte del Comprador en raz\u00f3n de cualquier contrarreclamaci\u00f3n que surja de esta o cualquier otra transacci\u00f3n con el Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RENUNCIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La falta del Comprador en exigir el cumplimiento de cualquiera de los t\u00e9rminos o condiciones aqu\u00ed establecidos, o en ejercer cualquier derecho o privilegio, as\u00ed como la renuncia a cualquier incumplimiento por parte del Proveedor, no constituir\u00e1 una renuncia a ning\u00fan otro t\u00e9rmino, condici\u00f3n o privilegio, ya sean de la misma naturaleza o de tipo diferente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAGOS PARCIALES Y GARANT\u00cdA DE LOS MISMOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si la Orden de Compra contempla pagos parciales antes de la aceptaci\u00f3n de los Bienes por parte del Comprador, dichos pagos se acreditar\u00e1n contra el precio de compra. Para proteger y preservar el inter\u00e9s del Comprador en los Bienes resultante de tales pagos parciales, y como garant\u00eda de las obligaciones del Proveedor conforme a la Orden de Compra, el Proveedor por la presente otorga al Comprador un derecho de retenci\u00f3n y garant\u00eda prioritario y preferente sobre los Bienes. El Proveedor acuerda ejecutar y presentar ante las oficinas correspondientes, en la forma y manera que el Comprador determine a su entera discreci\u00f3n, cualquier acuerdo de garant\u00eda, declaraci\u00f3n financiera u otro documento para crear, proteger, preservar o validar dicho derecho de garant\u00eda y retenci\u00f3n prioritario aqu\u00ed previsto. El Comprador se reserva el derecho de exigir garant\u00edas adicionales para el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, incluyendo retenciones en efectivo, garant\u00edas bancarias, fianzas de cumplimiento o Cartas de Cr\u00e9dito. El Comprador se reserva el derecho de compensaci\u00f3n por cualquier reclamaci\u00f3n derivada de esta Orden de Compra contra montos adeudados bajo esta u otra orden entre el Comprador y el Proveedor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>T\u00c9RMINOS DE FACTURACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A menos que el Comprador indique lo contrario en la Orden de Compra, todos los t\u00e9rminos de pago de facturas se contar\u00e1n a partir de la fecha de recepci\u00f3n de la factura del Proveedor en las oficinas del Comprador, y no desde la fecha de emisi\u00f3n de la factura. Todas las facturas deber\u00e1n dirigirse a la atenci\u00f3n de: \u201cPower Container Corp. \u2013 Cuentas por Pagar\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>VIGENCIA \u2013 DOCUMENTOS REQUERIDOSNing\u00fan pedido es v\u00e1lido a menos que se emita con nuestra Orden de Compra est\u00e1ndar firmada. 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